Inventario General de Bienes y Derechos de la Diputación Provincial de Valladolid

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, artículo 86 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y artículo 17 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL), las Corporaciones Locales están obligadas a inventariar los bienes y derechos que integran su patrimonio, haciendo constar, con el suficiente detalle, las menciones necesarias para su identificación, y las que resulten precisas para reflejar su situación jurídica y el destino o uso a que están siendo dedicados.

En el inventario se reseñarán, por separado, según su naturaleza, agrupándolos a tenor de los epígrafes que constan en el artículo 18 del RBEL.

El artículo 33 del RBEL dispone como la rectificación del inventario se verificará anualmente, y en ella se reflejarán las vicisitudes de toda índole de los bienes y derechos durante esa etapa.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno establece en su artículo 8.3 como las Administraciones Públicas publicarán la relación de los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real.

Por lo anterior, se publica en forma de relación, el contenido de los distintos epígrafes del Inventario General de Bienes y Derechos de la Diputación Provincial de Valladolid a 31 de diciembre de 2023.

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